Plan Voluntariado Fundación Euroárabe de Altos Estudios

I. FUNDACIÓN EUROÁRABE DE ALTOS ESTUDIOS

La Fundación Euroárabe con domicilio social establecido en la calle San Jerónimo, número 27 de la ciudad de Granada constituye una fundación privada de carácter docente, investigador y cultural, permanente y de ámbito estatal.

Los fines de la fundación son:

  • Fomentar el intercambio docente, investigador, de asistencia técnica y de información, y colaborar con instituciones de otras áreas geográficas, reforzando especialmente los lazos con los países de la cuenca euro-mediterránea.
  • Impulsar programas de postgrado entre centros universitarios y de investigación de los países europeos y árabes para el intercambio y la difusión del conocimiento.
  • Contribuir al desarrollo económico y promover la cooperación entre los países árabes y europeos, mediante programas de formación en alta gestión de ejecutivos y recursos humanos.
  • Trabajar para conseguir que se introduzcan en la sociedad la idea de respeto a la ciencia y los valores de la tolerancia, objetividad e independencia y rigor.

Para el cumplimiento de sus fines, la Fundación desarrollará, de acuerdo con los programas concretos, las siguientes actividades, todas ellas destinadas a su fin fundacional:

  • Organizar congresos, cursos, seminarios, conferencias, jornadas, así como otros actos de carácter formativo, científico y cultural
  • Realizar exposiciones, exhibiciones fotográficas, actuaciones musicales, así como otros actos artísticos y culturales
  • Elaborar, editar, traducir, difundir y publicar artículos, libros, revistas y otros soportes de difusión en el desarrollo de sus fines fundacionales
  • Realizar estudios y trabajos de investigación
  • Promover estudios de posgrado y de formación no reglada

II. VOLUNTARIADO

En el desarrollo de su actividad se propone crear y llevar a cabo la actividad de voluntariado que vendrá regulada según la normativa vigente. Según la ley vigente el voluntariado es un movimiento comprometido en defender intereses de personas y grupos en situaciones más desfavorables y contribuir por una vía democrática a mejorar la calidad de vida de los demás. La esencia  de la acción voluntaria se fundamenta en el compromiso libre, responsable y altruista de los voluntarios, expresado sin que exista obligación personal o mediante retribución económica alguna.

Concepto de voluntario

Serán voluntarios de la Fundación aquellas personas físicas que de forma voluntaria, responsable y gratuita participen en las acciones voluntarias organizadas por la misma.

Perfil del voluntario de la FUNDACIÓN

El perfil de la persona voluntaria podrá ser muy variado. Expertos, estudiantes y cualquier persona afín a los fines de esta Fundacion podrá ser voluntaria, atendiendo a la naturaleza de las actividades en cada caso.

Conjunto de derechos y deberes de ambas partes

C.1. Por parte de los voluntarios

Las personas voluntarias de la Fundación Euroárabe tendrán los siguientes derechos:

A recibir de forma continua, la información, formación, orientación, apoyo y, en su caso, los medios materiales necesarios para el ejercicio de las funciones que se les asignen.
Al respeto a su libertad, dignidad, intimidad, creencias y orientación sexual, sin que puedan ser tratados con discriminación o menoscabo de sus derechos fundamentales.
A ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad, así como respecto a los daños y perjuicios causados a terceros, derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria.
A que les sean reembolsados los gastos que debidamente acreditados pudieran derivarse del desempeño de sus actividades, siempre que hayan sido previamente autorizados por la Fundación.
A disponer de una acreditación identificativa de su condición de personas voluntarias.
A obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución, y a obtener de la Fundación la acreditación de los servicios prestados.
A cesar en su condición de personas voluntarias en los términos acordados.
A realizar la actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de aquélla.

Los deberes del voluntario son:

  • Guardar la debida confidencialidad respecto de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad en la Fundación.
  • Tratar de forma confidencial toda la información que en cualquiera de sus formas pueda haber tenido conocimiento durante su labor de voluntario.
  • Actuar de forma diligente y responsable de acuerdo con el compromiso de incorporación suscrito con la Fundación.
  • Seguir las instrucciones técnicas para el adecuado desarrollo de las actividades encomendadas, que se les señalen por los supervisores asignados por la Fundación.
  • Utilizar debidamente las acreditaciones y distintivos otorgados por la organización en que colaboren.
  • Respetar y cuidar los recursos materiales y el equipamiento puesto a disposición por la Fundación para la ejecución de las tareas.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene y cumplir con las normas internas existentes en la Fundación.
  • Avisar con la antelación suficiente de las ausencias y de la finalización anticipada del compromiso de participación.
  • Cumplir con los compromisos adquiridos con la Fundación.

C.2. Por parte de la Fundación Euroárabe

Los derechos de la Fundación son los siguientes:

La Fundación podrá elaborar sus propias normas y modificarlas en función de sus necesidades siempre que se ajusten a la Ley del Voluntariado de Andalucía y al resto del ordenamiento jurídico referido al voluntariado.

Los deberes de la Fundación son los siguientes:

  • Mantener aseguradas a las personas voluntarias contra los riesgos de accidente y enfermedad, así como respecto a los daños y perjuicios ocasionados a terceros, derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria organizada por la entidad.
  • Cubrir los gastos que pudieran derivarse de la acción voluntaria, dotándola de los medios adecuados para el cumplimiento de sus cometidos y reembolsando a las personas voluntarias los gastos que les ocasione el desarrollo de su actividad, siempre que hayan sido previamente autorizados por la entidad.
  • Realizar la formación continua del voluntario necesaria para el desarrollo de sus actividades.
  • Facilitar a las personas voluntarias una acreditación que les habilite e identifique para el desarrollo de su actuación.
  • Expedir a los voluntarios un certificado que acredite su participación en los programas de acción voluntaria en que hayan colaborado.
  • Llevar un registro de altas y bajas de las personas voluntarias que colaboren con la entidad, con indicación de los programas a los que estuvieran adscritos.
  • Garantizar a los voluntarios la realización de su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de aquellas.
  • Incorporación, desarrollo de su actividad y desvinculación de las personas voluntarias
  • El voluntario deberá suscribir un compromiso de incorporación con la Fundación como formalización de la misma, al mismo tiempo que se le informa por parte de la misma de la política de voluntariado.
  • El tiempo de dedicación será el que indique el voluntario, teniendo en cuenta la actividad a desarrollar.
  • La Fundación se reserva la posibilidad de finalizar la actividad del voluntario cuando este incumpla los deberes indicados anteriormente o cuando no pueda sufragar los gastos vinculados al programa de voluntariado en el cual se encuentre participando el voluntario.
  • El voluntario podrá también cancelar su participación en las actividades de la Fundación cuando considere oportuno.

Áreas de actuación

La acción voluntaria organizada por la Fundación tendrá como áreas de actuación las siguientes:

  • Fomento y educación en valores de solidaridad, cooperación, interculturalidad, respeto a la diversidad y educación por la paz
  • Promoción y defensa de derechos individuales y colectivos
  • Formación, información y sensibilización social en torno a las temáticas relacionadas con sus fines fundacionales

Todas las personas tendrán derecho a beneficiarse de la acción voluntaria, a que ésta sea de calidad y a que se sustituya a la persona voluntaria asignada, pudiendo en cualquier caso prescindir de los servicios de un determinado programa de acción voluntaria.

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