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1325: Mujer, Paz y Seguridad

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Conscientes de la necesidad de informar y crear espacios comunes, donde divulgar y compartir los acontecimientos que tienen como protagonistas a mujeres y niñas que sufren los desastresde los conflictos armados, la Fundación Euroárabe ha creado este punto de encuentro.


La Fundación Euroárabe de Altos Estudios viene desarrollando este proyecto desde el año 2005 en colaboración con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y los ministerios de Cultura; Educación y Ciencia y Ministerio de Defensa, se basa en la RESOLUCIÓN 1325 sobre 'MUJER, PAZ Y SEGURIDAD', aprobada por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas el 31 de octubre de 2000.

 

El objetivo de este proyecto es informar y sensibilizar a la población en general sobre ésta Resolución y todo lo que ella supone, creando espacios de diálogo y reflexión entre distintos colectivos, que permita visualizar la situación que sufren las mujeres y niñas en las zonas de conflicto y postconflicto armado y la labor continuada que desarrollan para el establecimiento de la paz en su entorno más inmediato desde lo personal y colectivo, creando espacios de paz que permitan avanzar a las sociedades hacia un futuro más justo, plural e igualitario.

 

Nuestras actuaciones se suman así a las de otras muchas personas, instituciones y organizaciones en el mundo que piensan que hoy sigue siendo necesario y urgente, entre otras actuaciones:

* Incrementar la representación de las mujeres en todos los niveles de decisión en la prevención, manejo, solución de conflictos y procesos de paz y respetar plenamente el Derecho Internacional.
* Atender las especiales necesidades de protección de las mujeres y niñas en los conflictos, incluyendo las refugiadas y las desplazadas así como la atención a las mujeres excombatientes y apoyar a las mujeres constructoras de paz.
* Incorporar la perspectiva de género en las operaciones de mantenimiento de la paz y velar porque las operaciones sobre el terreno incluyan un componente de género.
* Que las partes en conflicto armado adopten medidas especiales para proteger a las mujeres y a las niñas, particularmente de las violaciones y otras formas de abusos sexuales y poner fin a la impunidad y enjuiciar a los culpables de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, especialmente los cometidos contra mujeres y niñas.
* (...)

En este espacio pretendemos compartir recursos relacionado con esta Resolución 1325, aprobada por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas el 31 de octubre de 2000. Desde aquí te invitamos a participar de este espacio, cuyo fin es sumarse a la labor que desde años vienen llevando a cabo organizaciones, instituciones y personas que a titulo personal, trabajan en la defensa de los derechos de las mujeres y niñas que padecen a diario la sin razón de las guerras en todo el mundo.

 

Una Resolución que dice lo siguiente:

RESOLUCIÓN 1325

المرأة والسلام والأمن

Resolution 1325

 

Las mujeres, la paz y la seguridad en la 1325.

 

 

 


RESOLUCIÓN 1820.


El 19 de junio de 2008 el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprueba la Resolución 1820 sobre la Violencia Sexual contra los Civiles en Situaciones de Conflicto Armado.

 

Esta Resolución condena específicamente el uso de la violación y de otras formas de violencia sexual en situaciones de conflicto armado, declarando que la violación puede constituir un crimen de guerra, un crimen de lesa humanidad o un acto constitutivo con respecto al genocidio. El UN-INSTRAW se une a la demanda por un cese inmediato y completo, por todas las partes, del conflicto armado de todos los actos de violencia sexual contra lo/as civiles.

 

La Resolución 1820 también hace un llamado para que se adopten las medidas apropiadas para prevenir y hacer frente a los actos de violencia sexual para contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacional e insta a los Estados miembros a cumplir con su obligación de enjuiciar a los perpetradores de la violencia sexual, de manera que todas las víctimas de violencia sexual, en particular las mujeres y niñas, tengan igual protección legislativa e igual acceso a la justicia. Además, llama a los miembros a que pongan fin a la impunidad por la violencia sexual como parte de un enfoque más amplio para lograr la paz sostenible, la justicia, la verdad y la reconciliación nacional. INSTRAW

 

 

RESOLUCIONES 1888 y 1889

 

El 30 de septiembre y el 5 de octubre 2009 el Consejo de Seguridad adoptó las resoluciones 1888 y 1889 que resumen las acciones que las Naciones Unidas y los Estados Miembros pueden tomar para prevenir la violencia sexual relacionada al conflicto e instan a los actores clave a asegurar que la protección y el empoderamiento de las mujeres se tome en cuenta durante la evaluación de necesidades y la planificación en situaciones de post conflicto.

INSTRAW

 

 


ANTECEDENTES: BEIJIN 1995.-CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL DE LAS MUJERES.

 



Referidos a la protección de niñas y niños en conflictos armados:


El Consejo de Ministros del gobierno de España, aprobó el 30 de noviembre de 2007 el PLAN DE ACCIÓN nacional para la aplicación de la Resolución 1325. Un plan que viene recogido en el Plan Nacional para la Alianza de Civilizaciones, en el que se manifiesta como una de la actuaciones el 'Desarrollo del Plan de Acción nacional para la aplicación de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (2000), sobre Mujeres, Paz y Seguridad'


El texto de este Plan está estructurado en torno a 6 objetivos, atendiendo a la estructura de la propia 1325. Cada uno de estos objetivos recoge compromisos del Gobierno español tanto en el ámbito nacional como en el de la Unión Europea así como en el de otras organizaciones regionales (OTAN y OSCE ) y en el marco global de Naciones Unidas, y se estructuran en los siguientes puntos:


1. La promoción de la presencia de mujeres en las misiones de paz
2. La integración de la perspectiva de género en todas las fases de estas misiones.
3. La formación específica en género del personal que participa en misiones
4. El respeto a los derechos humanos de las mujeres y las niñas en conflicto.
5. El principio de igualdad en los procesos de desarme, desmovilización y reintegración.
6. El fomento de la participación de la sociedad civil al respecto.






 
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